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Leyes que respalda el uso de las firmas electrónicas en México

  • Código Civil Federal.
  • Código de Comercio.
  • Ley de Firma Electrónica Avanzada.
  • Ley Federal de Protección al Consumidor.
  • Acuerdo General 21/2007 emitido por el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal.
  • Leyes procedimentales en lo penal y civil.

¿Qué tipo de firma somos en México?

Firma electrónica simple con cumplimiento de la NOM 151. La estampa de conservación de la NOM 151 es emitida a través de un PSC llamado PS World, acreditado por la Secretaría de Economía de México.

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Leyes que respalda el uso de las firmas electrónicas en Colombia

  • Ley 527 de 1999 de Colombia,
  • Decreto 2364 de 2012 de Colombia.

¿Qué tipo de firma somos en Colombia?

Firma electrónica simple

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Leyes que respalda el uso de las firmas electrónicas en Brasil

  • Código Civil brasileño en sus artículos 104, 107 y 225.
  • Código de Processo Civil en sus artículos 369, 411, 440 y 441.
  • Medida provisional 2.200-2 /2001.
  • Ley 14.063 de 2020

¿Qué tipo de firma somos en Brasil?

  • Firma electrónica
  • Firma digital/Firma avanzada (ICP-Brasil)
  • Sello de tiempo acreditado CPF validado con receita federal
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Leyes que respalda el uso de las firmas electrónicas en Argentina

  • Ley de Firma Digital - La Ley 25.506. Establece el marco legal para la utilización de firmas electrónicas, certificados digitales y documentos electrónicos en el ámbito público y privado. 

  • Artículo 11:  Los documentos electrónicos firmados digitalmente y los reproducidos en formato digital firmados digitalmente a partir de originales de primera generación en cualquier otro soporte, también serán considerados originales y poseen, como consecuencia de ello, valor probatorio como tales, según los procedimientos que determine la reglamentación.

  • Código Civil y Comercial argentino; El artículo 288 del Código Civil y Comercial argentino reconoce la validez de las firmas digitales insertadas en instrumentos digitales.

¿Qué tipo de firma somos en Argentina?

Firma electrónica simple

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Leyes que respalda el uso de las firmas electrónicas en Chile

  • Ley Nº 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma.

  • Decreto Supremo N° 181 de 2002. Aprueba el Reglamento de la Ley 19.799 sobre documentos electrónicos, Firma Electrónica y la Certificación de dicha firma. Última versión en 2014.

  • Decreto Supremo N° 14 de 2014. Modifica Decreto N° 181 de 2002, que aprueba Reglamento de Ley N° 19.799, sobre documentos electrónicos, firma electrónica y la certificación de dicha firma.

  • Decreto Supremo N° 154 de 2012. Modifica Decreto N° 181 de 2002, que aprueba Reglamento de Ley N° 19.799, sobre documentos electrónicos, firma electrónica y la certificación de dicha firma.

  • Ley N° 20.217 de 2007. Modifica el Código de Procedimiento Civil y la Ley Nº 19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y los servicios de certificación de dicha firma.

  • Decreto Supremo N° 83 de 2005. Aprueba norma técnica para los órganos de la administración del estado sobre seguridad y confidencialidad de los documentos electrónicos.

¿Qué tipo de firma somos en Chile?

Firma electrónica simple

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Leyes que respalda el uso de las firmas electrónicas en Perú

  • Decreto Supremo N° 029-2021-PCM, aprobó el reglamento de la Ley de Gobierno Digital y modificó el reglamento de la Ley N° 27269, Ley de Firmas y Certificados Digitales.

  • Código Civil Peruano, aprobado por Decreto Legislativo No. 295.

  • Ley Nro. 27269, Ley de Firmas y Certificados Digitales.

  • Decreto Supremo nro. 052-2008-PCM, Reglamento de la Ley de Firmas y Certificados Digitales.

¿Qué tipo de firma somos en Perú?

Firma electrónica avanzada con estampa de tiempo emitida por un proveedor acreditado por INDECOPI. Para activar la estampa de tiempo, se debe adquirir el feature adicional.

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La firma cumple con las normativas de Latinoamérica, EE. UU. y Europa, utilizando el estándar PAdES para garantizar la integridad y verificación independiente del documento de forma permanente.

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Preguntas frecuentes

¿Cómo funciona el envío del documento para firma?

Después de crear el documento, solo necesitas ingresar los correos electrónicos de los firmantes y hacer clic en “Enviar”.

Truora se encarga del resto: cada persona recibe un enlace seguro por correo electrónico, accede al documento y firma en segundos, sin necesidad de crear una cuenta o instalar nada.

Puedes hacer seguimiento en tiempo real desde el panel: quién ya firmó, quién falta y cuándo se completó el proceso.

¿Es posible controlar el orden y el flujo de las firmas?

Sí. Tú decides si quieres que todos firmen al mismo tiempo o en una secuencia específica.

La plataforma gestiona automáticamente el envío y notifica a cada firmante en el momento adecuado, garantizando que el flujo siga exactamente como lo configuraste.

Cuando todos finalizan, el documento se cierra y recibes la versión firmada junto con el informe de auditoría completo.

¿Cómo puedo seguir el progreso de un documento enviado para firma?

Desde el momento en que envías el documento, puedes acompañar el estado en tiempo real desde tu panel: quién ya firmó, quién falta por firmar y si hay pendientes.

La plataforma también envía recordatorios automáticos por correo electrónico a los firmantes, y cuando todos finalizan, recibes el documento completo junto con su informe de auditoría, que respalda la validez jurídica de la firma.

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